Comentario
El modelo social que se implanta mediante la romanización de Hispania implica no sólo la comunidad de derechos inherentes a la ciudadanía romana, sino también una comunidad de intereses que se vertebra en una organización censitaria mediante la que se intentan relacionar de forma proporcional los derechos y deberes colectivos. Esta concepción, propia de las ciudades-estado antiguas, se constata en la organización de cada una de las ciudades hispanas al margen de la especificidad que implique su estatuto jurídico, y está asimismo presente en la conformación de las elites del Imperio organizadas en órdenes, es decir, en categorías sociales definidas jurídica o consuetudinariamente, que poseen determinadas prerrogativas y funciones en la organización del Estado. La doble proyección que la concepción censitaria posee en el plano global del Imperio y en el local de las ciudades da lugar a que sus correspondientes elites se conformen en tres órdenes: el senatorial, el ecuestre y el decurional.
La inversión de la situación social dependiente de las provincias hispanas en general, y de sus elites en particular, puede observarse en el progresivo acceso de individuos de esta procedencia al ordo por antonomasia de la sociedad romana como es el senatorial. El fenómeno se encuentra presente en los últimos años de la República en la promoción de indígenas, como los Balbos de Gades, o de itálicos emigrados, pero se desarrolla desde los inicios del principado con una consolidación durante época flavia y un desarrollo máximo durante la dinastía de los Antoninos.
La proyección en el período julio-claudio se observa puntualmente en el caso de los Annaei de Corduba, de los que L. Annaeus Novatus, adoptado por Iunius Gallio, ostentó el consulado, de la misma forma que su hermano L. Anaeus Seneca, que además fue preceptor de Nerón, mientras que su sobrino y autor de la Farsalia L. Annaeus Lucanus, fue cuestor y edil. La importancia de los Annaei de Corduba en los círculos imperiales se amplia en el período posterior mediante la promoción de otras familias entre las que se encuentra los Ulpii, Aelii, Iulii y Coelii de Itálica; los Annii originarios de Ucubi que emigran a Gades; los Valerri Vegeti y Papirii Aeliani de Iliberris, etc. Semejante clan de hispanos explica, en el contexto de la progresiva provincialización del Imperio, la presencia de tres emperadores hispanos durante la dinastía de los Antoninos como son Trajano, Adriano y Marco Aurelio. Todos ellos se vinculan a familias asentadas en las ciudades de la Betica, lo que no excluye la existencia de senadores hispanorromanos con otras procedencias, como ocurre con Lucio Minucio Natal de Barcino o Lucio Licinio Sura de Tarraco.
La dominancia de los senadores béticos en el conjunto de los hispanos promocionados al primer ordo de la sociedad romana no es ajena a la intensidad y precocidad que el proceso de romanización había alcanzado en la zona mediante la colonización e integración de los indígenas. De hecho, las familias senatoriales béticas son originarias tanto de colonias (Corduba, Ucubi, Italica) como de municipios (Gades, Iliberris, etc.); pero al proceso no son ajenas las transformaciones económicas que se habían generado en los territorios meridionales, especialmente en ámbitos como el de las explotaciones mineras, al que se vinculan desde los inicios de la conquista los itálicos emigrantes, y en el de las explotaciones agrarias con el desarrollo del lucrativo negocio del aceite. Ambas fuentes de riqueza permitieron disponer a emigrantes e indígenas del censo mínimo de 1.000.000 de sextercios estipulado por Augusto para acceder, como homines novi, al ordo superior de la ciudadanía romana, y de la fortuna imprescindible para compensar por semejante honor.
Tras su cooptación como miembros del senado, los senadores hispanorromanos transmiten su estatuto a su familia y desarrollan el correspondiente cursus honorum en la administración imperial, que culmina tras el desempeño de diversas magistraturas en el consulado y en el gobierno provincial. Precisamente, la carrera política implica el que el absentismo constituya la práctica usual de los senadores, que fijan su residencia en Italia y que incluso deben de invertir allí parte de su riqueza, como se deduce de una disposición del reinado de Trajano que obliga a los senadores a poseer en Italia un tercio de su fortuna.
Frente al carácter limitado del ordo senatorial, que reserva tras la reforma de Augusto semejante honor a los 600 miembros que componen el senado, el segundo de los ordines de la elite ciudadana, el ecuestre, posee una mayor proyección, aunque ésta resulta completamente desproporcionada en relación con la población global del Imperio. Se ha calculado concretamente que el número de los caballeros romanos podía alcanzar en época de Augusto los 20.000 individuos, a los que se les exige también un censo económico mínimo establecido en 400.000 sextercios.
Las vicisitudes históricas que marcan la consolidación social de los caballeros y su proyección administrativa generan una composición heterogénea de la que forman parte los concesionarios de determinadas propiedades públicas que explotan en régimen de sociedades (societates publicanorum), las oligarquías de las colonias y de los municipios que se promocionan socialmente accediendo a este segundo ordo y, finalmente, el desarrollo de la burocracia imperial, que adscribe, mediante las reformas introducidas por Augusto, la vinculación de los caballeros a determinadas funciones jurídicas, económicas y administrativas. Semejante diversidad no implica una especificidad en los fundamentos económicos del ordo equestre que, pese a que se vinculen a la recaudación de impuestos, a la explotación de minas como concesionarios de las explotaciones, o a la burocracia imperial recibiendo por sus servicios un determinado salario, tienen, al igual que el resto de la elite, la base de su censo económico mínimo -estipulado por Augusto en 400.000 sextercios- en propiedades agrarias a donde revierten los beneficios generados por las actividades que desempeñan.
También la promoción de las elites hispanas al estatuto de caballero se produce en el período republicano, durante el desarrollo de las guerras civiles; no obstante, el fenómeno se consolida durante el principado en clara relación con la acentuación del proceso de urbanización, que genera las correspondientes ambiciones de promoción social entre las elites de los municipios y de las colonias, que tras su inclusión en este ordo pueden desarrollar el consecuente cursus honorum en la administración imperial con el ejercicio de magistraturas de carácter militar, de contenido económico -como procuratores- y administrativo -como praefecti-.
Las dificultades inherentes a la organización piramidal del cursus honorum y el número relativamente importante de aspirantes genera una destacada heterogeneidad en el ordo de los caballeros, donde se observa ante todo la polarización entre quienes permanecen en su ciudad sin desarrollo de su carrera política y los que la inician alcanzando en su mayoría funciones básicas de orden militar o religioso. Tan sólo una minoría de los equites hispanos logra acceder a las más altas magistraturas; la documentación epigráfica lo constata en 19 ocasiones, que proceden en gran medida de las zonas romanizadas de la Citerior Tarraconense y de la Betica; entre ellos se encuentran el italicense Publius Acilius Attianus que alcanza a comienzos del reinado de Adriano la prefectura del pretorio en Rorna o el gaditano Caius Turranius Gracilus, que logra desempeñar durante el principado de Augusto la no menos importante prefectura de Egipto, que asegura el abastecimiento de trigo a la capital del Imperio.
La culminación de la carrera política implica normalmente la promoción al ordo senatorial como ocurre en el mencionado caso de Publius Acilius Attianus; en consecuencia, este restringido grupo de caballeros reitera en su relación con las provincias hispanas y con las ciudades de donde procede el comportamiento absentista de los senadores. No obstante, lo usual en los caballeros hispanos es su permanencia en sus lugares de origen o en las capitales de las provincias, donde desempeñan coyunturalmente determinadas funciones en la administración provincial o imperial.
Finalmente, el tercero de los ordines que proyecta la organización censitaria en las colonias y municipios está constituido por el decurional; en sentido estricto, se entiende por decuriones a los miembros del senado local, cuyas funciones son reguladas por los correspondientes estatutos. Pero, por extensión, se acepta a las familias que conforman las elites dirigentes de las ciudades hispanas; de hecho, en determinados epígrafes se constata esta interpretación al realizar una explícita distinción entre los decuriones y el ordo en clara contraposición a la plebe, que configura el populus.
La configuración social de los decuriones está mediatizada por el carácter específico de cada una de las ciudades. En líneas generales se pueden individualizar dos elementos que, por separado o confluyendo, determinan su configuración; el primero de ellos está constituido por los emigrantes itálicos y romanos que se asientan en las ciudades hispanas durante el período republicano, agrupándose en organizaciones propias denominadas collegia, documentadas en la epigrafía republicana de los principales centros de la costa levantina como Tarraco o Carthago Nova, o en conventus, que la tradición literaria constata para determinadas ciudades del sur de Hispania en idéntico período. A esta emigración republicana debemos sumarle la que se genera de forma oficial y colectiva como consecuencia del proceso de fundaciones coloniales, que marcan especialmente el proceso de urbanización a fines de la República y comienzos del principado.
Junto a la emigración, la subsistencia de la aristocracia indígena, integrada fundamentalmente mediante el proceso de municipalización, constituye el otro elemento que conforma el ordo decurional. En el conjunto de Hispania, dadas las limitaciones de la emigración y la proporción existente entre municipios y colonias, debemos considerar a este segundo componente como más relevante.
La onomástica que se documenta entre los decuriones de las colonias y municipios se hace eco de esta dualidad al proporcionarnos gentilicios familiares, cuya presencia originaria tan sólo puede explicarse atendiendo a estos dos factores. Concretamente, el tipo de gentilicio más usual en las ciudades hispanas se corresponde con el de determinadas familias aristocráticas que se relacionan con Hispania durante el período republicano mediante alguno de sus miembros, que ejercen como gobernadores provinciales; tal ocurre concretamente con los Cornelii, presentes en Tucci, Obulco, Castulo, Anticaria, con los Valerii de Corduba, Tucci e Iliberris, con los Aemilii de Barcino, Tarraco y Saguntum, o con los Fabii de Singilia Barba e Italica; dentro de los mismos también se incluyen los Iulii, documentados en Carthago Nova, Ilici, Tucci, Corduba, Carteia, etc., y los Flavii, presentes, por ejemplo, en Caesaraugusta, Tarraco, Emerita, Celsa, etc.
La explicación de la difusión de tales gentilicios debe tener en cuenta las relaciones clientelares que se establecen como medio de protección y de control entre las comunidades indígenas y la nobleza romana, con la salvedad de que mientras en la mayoría de los casos la latinización de la onomástica se hace en el contexto de poblaciones peregrinas, que luego se integran en la ciudadanía romana con la promoción municipal, en los gentilicios Iulii, Flavii y en otros minoritarios como los Octavii, los cambios onomásticos deben relacionarse con las promociones de estatuto jurídico o con las fundaciones coloniales efectuadas por César, Octavio (el futuro Augusto) o la dinastía Flavia.
También la emigración itálica se proyecta en los sistemas onomásticos, como se observa concretamente en determinados gentilicios sin connotación aristocrática, que en proporción minoritaria se documentan esencialmente en las colonias o en centros afectados por la emigración itálica, como la propia Italica o Saguntum. Baste citar los Baebii de esta última ciudad, a los Antestii de Corduba, de los que uno lleva el cognomen Sabinus indicativo de procedencia, los Blattii de Hispalis, los Ancarii de Tucci, los Talenii y Vettii de Urso, etc.
La continuidad histórica de las familias que componen originariamente el orden decurional de las ciudades hispanas se encuentra condicionada por diferentes factores, entre los que debemos tener en cuenta el de su propia persistencia, que en ocasiones tan sólo se logra mediante la adopción. No obstante, de forma general está condicionada en gran medida por las propias características de las ciudades, ya que los centros comerciales y administrativos son más propensos a la renovación o al menos a la integración de nuevos individuos mediante procedimientos regulados por las correspondientes leyes municipales o coloniales.
Entre los métodos que se utilizan se encuentra la cooptación (adlectio), que permite la integración de miembros de otras comunidades de idéntica posición social, o la promoción de individuos carentes del derecho por su específica condición jurídica; tal ocurre con los libertos, que enriquecidos mediante el ejercicio de actividades no agrarias y consideradas indignas, contribuyen a la renovación del tercer ordo de la sociedad romana, que especialmente en ciudades secundarias y de contexto eminentemente agrario tiene un fuerte carácter oligárquico, vinculándose a los propietarios de tierras con el censo mínimo establecido en los correspondientes estatutos. La integración de los libertos en el orden decurional se contempla de forma excepcional en la Lex Ursonensis, pero una dinámica similar se observa en los municipios flavios, como Singilia Barba, donde el ordo concede los ornamenta decurionalia al liberto M. Acilius Phlegon.
En contraste con los privilegios formales y materiales de estos tres ordines y en el contexto de los municipios y colonias, con las prerrogativas de caballeros y decuriones, se encuentra el resto de la comunidad ciudadana, que conforma administrativamente lo que en las respectivas leyes se define como populus. Su composición difiere en función del carácter de la ciudad de la que forman parte, cuyas funciones administrativas y complejidad económica, especialmente en lo que afecta al desarrollo de actividades no agrarias, generan la correspondiente diversidad social. El conjunto conforma lo que socialmente se conoce como plebe, en la que usualmente se distingue como plebe rústica a los sectores vinculados a la agricultura y como plebe urbana a los que ejercen actividades de carácter no agrario en la ciudad. Semejante diferenciación tan sólo puede aceptarse para los centros de mayor relevancia, ya que en la mayor parte de los municipios hispanos la comunidad ciudadana está compuesta por campesinos que explotan su correspondiente propiedad.
Al margen de las consideraciones generales derivadas de otras zonas del Imperio o de las disposiciones presentes en las leyes de los municipios y colonias, el análisis de este sector presenta dificultades debidas a las ambigüedades que se aprecian en la información proporcionada por la documentación epigráfica sobre el mundo ajeno a los ordines; de hecho, con frecuencia se observa la imposibilidad de diferenciar a los ciudadanos que conforman la plebe de las poblaciones peregrinas e incluso de los libertos, que propician la ocultación de su condición social.
También en este sector no privilegiado se aprecia la proyección de formas de organización interna de carácter asociativo o gremial (collegia), que habían tenido un gran desarrollo en Roma en el período republicano. Su importancia se refleja en su regulación por César y Augusto, que imponen la correspondiente autorización para su creación e intentan evitar su instrumentalización política. Las asociaciones más frecuentes son las de carácter funerario que, teniendo en ocasiones un contenido religioso, aglutinan a individuos (sodales) pertenecientes frecuentemente a sectores sociales heterogéneos.
En el contexto de la organización de la población urbana, son reseñables la existencia de las asociaciones de jóvenes (collegia iuvenum), próximos a las aristocracias municipales, con funciones recreativas y militares, y especialmente de las asociaciones profesionales. La importancia de la construcción se aprecia en los correspondientes collegia fabrum documentados en Tarraco, Barcino o Corduba; también otras actividades de menor relevancia se agrupan en collegia; los fabricantes de lonas se asocian como centonarii, que desempeñan junto a su actividad específica la de bomberos, como ocurre concretamente en Hispalis donde se funda durante el reinado de Antonino Pío un colegio de este tipo compuesto por cien individuos; las asociaciones de pescadores se documentan en Carthago Nova, las de zapateros en Uxama (Burgo de Osma), en Igabrum (Cabra) la de fabricantes de mechas de lucernas, etc.
También la plebe rústica constituye asociaciones semejantes, aunque su reconstrucción histórica resulta más compleja como consecuencia de la escasa proyección que el mundo rural posee en las fuentes escritas de carácter epigráfico. En determinados municipios de la Betica, como Arva (Peña de la Sal) se aprecia la existencia de centuriae, que pueden interpretarse, pese a que han suscitado divergencias historiográficas, como asociaciones específicas del mundo rural compuestas por pequeños propietarios; en contraste, profesiones relacionadas con la reorganización del paisaje agrario se documentan con cierta profusión, como ocurre con los collegia agrimensorum de Carmo, Segovia, Arva, Munigua, Axati, Obuco, etc.
Las tensiones sociales que origina la polarización de la comunidad ciudadana en cada colonia o municipio se proyectan puntualmente en la documentación epigráfica en las exigencias del populus, pero se mitigan mediante las prácticas evergetistas de los decuriones que, derivadas de la concepción censitaria de la ciudad antigua, impulsan la cohesión interna. El evergetismo se proyecta en múltiples actividades; algunas de ellas, como la monumentalización de la ciudad, benefician indirectamente a la plebe; otras, en cambio, pueden considerarse como directamente relacionadas con su subsistencia o con sus hábitos culturales.
Concretamente, las fundaciones alimenticias, que tienen una amplia proyección en otras zonas del Imperio, tales como Atenas y Como, y que constituyen incluso un motivo propagandístico del humanismo de la dinastía antonina como se aprecia en el arco de Benevento, se documentan también en Hispania. En Hispalis, durante el siglo II d.C., Fabia Hadrianilla, de familia senatorial, provee un fondo de 50.000 sextercios, que genera unos beneficios anuales del 5 ó 6 por 100, que se distribuyen entre 21 niñas y 22 niños a razón de 40 y 30 sextercios, respectivamente, el 25 de abril y el 1 de mayo, fecha de su natalicio y del de su marido.
Un carácter más general posee la distribución que se manda realizar en Siarum durante los siguientes 20 años, también en el día del cumpleaños del evergeta, cuyo nombre desconocemos por la conservación fragmentaria del correspondiente documento epigráfico. En otros casos, se destinan determinadas cantidades para hacer frente a espectáculos concretos, como ocurre con Lucius Caecilius Optatus, centurión de la Legio VII Gemina, que crea un fondo de 7.500 denarios al 6 por 100 en Barcino para que se celebre un combate de boxeo anual por importe de 250 denarios y se done aceite para los baños públicos en cuantía de 200 denarios, a cambio de exenciones concretas para sus libertos. De cualquier forma, el evergetismo más usual, además del estipulado con motivo de la elección para determinadas magistraturas, está constituido por la distribución de alimentos y la celebración de banquetes públicos.